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Miércoles 6 de agosto de 1980.   p.5


Abogada fustiga Tribunal Supremo
por Sarah Vázquez de EL REPORTERO

El Tribunal Supremo de Puerto Rico se convirtió hoy en blanco de fuego de uno de los abogados que defiende el derecho de dicha profesión de anunciarse para reclutar clientes en supuesto beneficio de los consumidores.

Por su parte, el presidente del Colegio de Abogados, Lic. Ángel Tapia Flores, sostuvo que los anuncios principalmente benefician a los abobados jóvenes que comienzan su práctica fuera de los bufetes ya establecidos.

La Lcda. Carmen Ibarra, una de las primeras abogadas en utilizar los anuncios de prensa considera que el cánon que reglamenta los anuncios de los ahogados en Puerto Rico es uno obsoleto, y añade: "el Cánon 36 está bastante mal escrito. Es muy poco claro, como todos los cánones. El Tribunal Supremo de Puerto Rico va a la saga en todo; es estúpidamente conservador".

La Lcda. Ibarra se refiere al Cánon de Publicidad o Anuncios de Abogados, el cual fue enmendado en junio de este año y entró en vigor el día primero de este mes.

La enmienda responde a una propuesta del Colegio de Abogados, que es el organismo designado para emitir opiniones en cuanto a la ética profesional que debe regir a los bogados.

En el 1978 el Colegio de Abogados sometió al Tribunal Supremo de Puerto Rico la propuesta de enmienda al antiguo cánon de 1973, el cual prohibía absolutamente la propaganda de los abogados, salvo en directorios profesionales, tal como hacen los médicos.

La enmienda actual permite a los abogados el hacer uso de técnicas de propaganda, siempre y cuando se mantenga un enfoqué altamente profesional. "Queríamos profesionalizar el anuncio", apuntó el Lcdo. Ángel Tapia Flores, presidente del Colegio de Abogados de Puerto Rico .

Entre las restricciones que impone la enmienda al canón 36 se encuentra "el uso de gráficas, dibujos, retratos, o cualquier otro tipo de ilustración gráfica". La inclusión de este tipo de materiales catalogada como totalmente impropia.

Al respecto, la Lcda. Ibarra opina que dicha prohibición es improcedente, ya que los retratos y
demás ilustraciones gráficas forman parte de un lenguaje comercíal protegido.

Refiriéndose a la efectividad de los anuncios la Lcda. Ibarra considera que la medida es una "muy efectiva". "En términos económicos, debido a que los costos son tan altos, no ha sido tan beneficioso (anunciarse), pero si lo ha sido para el consumidor, ya que ha obligado a los otros abogados a reducir los costos", señaló la Lcda. Ibarra.

Añadió, además que "algunos abogados aún tienen la costumbre de cobrar a sus clientes según la apariencia personal, lo cual me parece muy inmoral. En este sentido, el anuncio ha educado al público en cuanto al costo de los servicios legales."

El Lcdo. Tapia Flores, por su parte, considera que "quien se beneficia de la publicidad es el abogado joven, nuevo, que se abre camino y no cuenta con los recursos económicos para contratar a una agencia de publicidad para que le haga la propaganda, como suelen hacer hoy día muchos de los grandes bufetes de abogados en Puerto Rico."

Abundando en el tema, el presidente del Colegio de Abogados recalcó que lo que este organismo pretende es lograr anuncios serios, que indiquen las capacidades profesionales, la experiencia, y los costos por servicios. Sin embargo, señaló que los consumidores no deben usar estos anuncios como único criterio.

"Conozco el caso de un abogado que fue llevado ante el Departamentó de Asuntos del Consumidor (DACO) porque tenia dos tarifas, una en el "San Juan Star" y otra en El Vocero. Por supuesto, la del "San Juan Star" era más alta. Preguntaba a sus clientes en que periódico habían visto el anuncio, para así saber cuanto les cobraría", relató el Lcdo. Tapia Flores.

Otra de las restricciones que impone el cánon 36 hace referencia a los "honorarios en forma imprecisa o con relación a servicios cuyo total no pueda anticiparse al aceptar la representación. "

Sobre este particular, señaló el Lcdo. Tapia Flores "el abogado tiene que asumir todas las responsabilidades del caso, ya que muchas veces estos anuncios son engañosos."

"Recuerdo el caso de una mujer a la que supuestamente divorciaron por $75. Cuando vino a ver, no estaba divorciada, ya que el procedimiento legal de su caso no estaba completo, ni incluido en la tarifa de $75. Poco faltó para que la procesaran por bigamia", .comentó el Lcdo. Tapia.

En su opinión, "lo más importante en la relación entre un abogado y su cliente es la confianza, y no lo poco que el abogado cobre por sus servicios."