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Noticias 1938

 

  El Mundo
Sábado, julio 16 de 1938 P. 10
ERROR, NO MALDAD
EL CASO DE LA ESCUELA DE MEDICINA TROPICAL

En nuestra edición de ayer publicamos la información recogida por nuestros reporteros con referencia a la situación creada a la Escuela de Medicina Tropical, con motivo de una ley aprobada en la reciente sesión de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico determinando la constitución de la Junta de Síndicos de dicha entidad, en tal forma que elimina la ingerencia que la Universidad de Columbia viene tomando en su funcionamiento y administración desde que aquélla fue establecida.

De acuerdo con los datos que hemos obtenido últimamente, la cuestión que ahora se plantea a la Escuela de Medicina Tropical deriva de una inadvertencia involuntaria de las cámaras legislativas. El 23 de junio de 1924 la Asamblea Legislativa de Puerto Rico aprobó la Resolución Conjunta número 3, encaminada a lograr el establecimiento de una escuela de medicina tropical en Puerto Rico. En esa resolución se hace historia del funcionamiento del Instituto de Medicina Tropical e Higiene, creado por nuestra Asamblea Legislativa para la investigación de las enfermedades propias de esta isla y se refieren las labores realizadas por la comisión nombrada en el año 1923 para gestionar la cooperación de la Universidad de Columbia, a los efectos de instalar aquí una escuela para el estudio de la medicina tropical.

La parte dispositiva de esta Resolución Conjunta creó una Junta Provisional, compuesta del Comisionado de Sanidad, el Comisionado del Interior y el Rector de la Universidad de Puerto Rico, para que tomara bajo su autoridad el gobierno económico y administrativo de las pertenencias del Instituto de Medicina Tropical e Higiene y de todos los laboratorios y materiales existentes en el Departamento de Sanidad que estimara necesarios para organizar la Escuela de Medicina Tropical. Quedó, asimismo, facultada para celebrar contratos y contraer compromisos a nombre de El Pueblo de Puerto Rico con la Universidad de Columbia para el establecimiento de una Escuela de Medicina Tropical en la isla. En la minma resolución se hizo constar el acuerdo de denominar la institución "Escuela de Medicina Tropical de la Universidad de Puerto Rico bajo los auspicios de la Universidad de Columbia", y se estatuyó que la Junta de Síndicos de la misma estaria compuesta del Comisionado de Sanidad, el Rector de la Universidad, el Presidente del Senado o el Presidente de la Cámara,sustituyéndose mutuamente y dos médicos de reconocida capacidad e interés en el progreso de la ciencia. 

En tanto procedía a la construcción de la Escuela de Medicina Tropical, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico aprobó en 21 de julio de 192S la ley número 50, reorganizando la Universidad de Puerto Rico. La sección cuarta de esta ley dispuso que la Junta de Síndicos de dicha institución designaría una junta especial de síndicos compuesta de tres de sus miembros y dos más que deberían ser propuestos por aquel colegio, universidad o sociedad educativa que llevara a cabo algún trabajo o realizara alguna cooperación en relación con algunas de las ramas de la Universidad y especialmente con las que ee relacionaran con la Escuela de Medicina Tropical que habría de establecer en Puerto Rico la Universidad de Columbia. A través de esta disposición de la ley de la Universidad quedó indirectamente enmendada la Resolución Conjunta número 3 de 1924, en lo que respecta a Ia constitución de la Junta de Síndicos que habría de regir los destinos de la Escuela de Medicina Tropical.

La escuela quedó oportunamente establecida en el hermoso edificio, estilo renacimiento español, que se levanta junto al Capitolio Insular, y con la valiosa cooperación de la Universidad de Columbia, de la cual recibe dirección científica y ayuda económica, ha venido realizando una labor de extraordinarios méritos en el campo de la investigación y el tratamiento de las dolencias tropicales, gozando desde su inicio da justa nombradla en todos los centros médicos del mundo.

A virtud de la sentencia dictada el pasado año por la Corte de Circuito de Boston, declarando nulas todas las resoluciones conjuntas aprobadas por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, las cámaras resolvieron aprobar nuevamente, en forma de ley, lo dispuesto en esas resoluciones. El propósito era evidentemente sano y plausible, pero en lugar de hacer un estudio cuidadoso de la legislación que era preciso promulgar de nuevo, tomando en cuenta las numerosas enmiendas de que te le había hecho objeto, los legisladores esperaron el último momento de la sesión y mediante un entendido de caballeros aprobaron en bloque todas las leyes sin cerciorarse de la corrección de las mismas.

Entre los estatutos aprobados con la festinación que hemos apuntado, figura la ley numero 259, relacionada con el funcionamiento de la Escuela de Medicina Tropical. Esta ley se limita a hacer una reproducción fragmentaria de la parte dispositiva de la Resolución Conjunta número 3, tal como quedó aprobada el 23 de junio de 1924. En lo que concierne a la constitución de la Junta de Síndicos de dicha escuela, se repite textualmente lo consignado en la resolución conjunta. El error de los legisladores, su inadvertencia más bien, consistió en no tomar en cuenta lo que se había dispuesto en la ley de la Universidad en cuanto a que esa Junta debían formarla tres miembros de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico y dos representantes de la Universidad de Columbia.

Un examen imparcial de los hechos demuestra que en este asunto de la Escuela de Medicina Tropical no ha habido mala fe ni propósito alguno de eliminar a la importante universidad neoyorquina de la valiosa intervención que tiene en el gobierno y administración de la referida dependencia. Se trata de un simple error, y, como tal, debe subsanarse la brevedad posible, haciende llegar las necesarias explicaciones al presidente de la Universidad de Columbia. Lo sucedido también pone de manifiesto —y de ello deben tomar buena nota los señores legisladores—los peligros que conlleva la aprobación de leyes en forma festinada durante los últimos días del término parlamentario. Por el mismo prestigio de las Cámaras, deba descontinuarse esta práctica en lo sucesivo.